Para presentar su declaración de impuestos federales como Jefe de Hogar, debe cumplir con las siguientes calificaciones: Usted fue soltera o considerada soltera el último día del año fiscal, pagó más de la mitad del costo para el mantenimiento de una casa y usted tenía una persona calificada que vivía con usted en su hogar durante al menos la mitad del año. Si cumple con las calificaciones para el jefe de familia, generalmente su tasa de impuestos será más baja que las tarifas para la presentación única o casada por separado y recibirá una deducción estándar más alta. También será elegible para reclamar ciertos créditos que no puede reclamar si está casado y se está presentando por separado, como el crédito de cuidado dependiente y el crédito de ingresos ganado. Esto podría llevar a un ahorro fiscal o un mayor reembolso.
Pasos
Parte 1 de 4:
Calificación basada en el estado civil
1.
Determine su estado civil del IRS. La primera calificación para presentar como jefe de familia es que debe estar soltero en el último día del año fiscal. Para los fines de la presentación de la Jefa de Hogar, el IRS lo considera solterado por todo el año o casado, pero soltero con fines de presentación, si el último día del año fiscal:
- Fueron solteros o legalmente separados de su cónyuge bajo un divorcio o un decreto de mantenimiento separado. Para aquellos que se casaron o se divorciaron, el IRS define soltero, ya que habiendo obtenido un decreto o decreto de anulación final en el último día del año fiscal y cumpliendo con la definición de su estado con fines fiscales solteros (a continuación). El IRS lo considerará casado y le exigirá que lo solicite como casado si solo se divorcia con fines fiscales y se vuelve a casar con su cónyuge en el siguiente año fiscal.
- Presentó un retorno por separado que afirma que se ha hecho una solicitud por separado, sola, o jefe de estado de presentación de hogares.
- Pagó más de la mitad del costo de mantener su hogar para el año.
- Su cónyuge no vivió en su hogar durante los últimos seis meses del año fiscal.
- Su hogar fue la casa principal de su hijo, Stepchild o Foster Child durante más de la mitad del año
- Reclamó una exención para su hijo.
2. Aclare su estado si estuvo divorciado o separado durante el año fiscal. Si estuvo divorciado o legalmente separado durante el año fiscal, debe determinar si su propio estado lo considera sin fines de presentar sus impuestos. El IRS difiere a la definición de cada estado de casados / solteros según lo establecido por la ley impositiva estatal.
Por ejemplo, en Texas, usted se considera casado con fines fiscales hasta que haya un decreto final de divorcio, incluso si está legalmente separado.Debe ver el sitio web de impuestos de su gobierno estatal o el derecho tributario estatal para determinar si se considera casado con fines fiscales.Puede encontrar un enlace a los sitios web de impuestos del gobierno estatal en: https: // IRS.GOV / NEGOCIOS / PEQUEÑAS EMPRESAS - & - Autónomos / Enlaces estatales-1.Una vez en el sitio web de impuestos estatales, es posible que deba realizar una búsqueda de "solteros" e "impuestos."También puede realizar una búsqueda en Internet para el nombre de su estado y las palabras "casadas para fines fiscales y la separación legal."Esta búsqueda debe dirigirlo al sitio web del estado apropiado.3. Elija cómo tratar a su cónyuge, que es un extranjero no residente. Si su cónyuge no fue una u.S. Ciudadano (alienígena), él o ella puede considerarse un extranjero no residente durante el año fiscal, lo que significaría que se considera que se considera soltera para el jefe de uso doméstico. Sin embargo, el IRS ha establecido dos pruebas que determinan si su cónyuge es, de hecho, un extranjero residente. Si está bajo cualquiera de estas pruebas, su cónyuge está decidido a ser un extranjero residente, se le considerará casado para fines fiscales. Las dos pruebas son la prueba de tarjeta verde y la prueba de presencia sustancial.
4. Determine el estado de residencia de su cónyuge en la prueba de la tarjeta verde. Bajo la prueba de la tarjeta verde, su cónyuge es residente para fines fiscales si usted es un residente permanente legal de los Estados Unidos en cualquier momento durante el año calendario por el que está presentando impuestos.
Si se le considera un extranjero residente bajo esta prueba, no tiene que participar en la prueba de presencia sustancial.Si se le considera un alienígena no residente, debe determinar el estado de residencia de su cónyuge en la prueba de presencia sustancial.5. Determine el estado de residencia de su cónyuge bajo la prueba de presencia sustancial. La prueba de presencia sustancial es una prueba de dos partes que analiza la cantidad de días que su cónyuge estaba físicamente presente en la U.S. Durante los tres años anteriores, comenzando con el año fiscal para el que está archivando.
La primera parte de la prueba pregunta si la persona en cuestión estaba físicamente presente en la U.S. Durante al menos 31 días durante el año fiscal. Si su respuesta es no, entonces su cónyuge es considerado un alienígena no residente. Si su respuesta es sí, debe moverse a la segunda parte de la prueba.La segunda parte de la prueba pregunta si la persona en cuestión estaba físicamente presente en la U.S. durante al menos 183 días durante el período anterior de 3 años (el año fiscal por el que está archivando y dos años inmediatamente antes). Debe calcular los 183 días según lo establecido a continuación.Para el año actual de presentación de impuestos, agregue todos los días que su cónyuge estuvo presente en la U.S. Por ejemplo, si su cónyuge estuvo presente durante 60 días, los 60 días contarían hacia el total de 183.Para el año anterior al año fiscal, sumar todos los días que su cónyuge estuvo presente y dividir el número total de días para ese año por 3. La respuesta (o cociente) es la cantidad de días de este año que cuenta con el total de 183 días. Por ejemplo, si su cónyuge estuvo presente durante 30 días, se divide 30 por 3 y el número de días que contarían hacia el total de 183 es 10.Para el año 2 años antes del año fiscal, suma todos los días que su cónyuge estuvo presente y divida el número total de días para ese año por 6. La respuesta es la cantidad de días a partir de este año que cuenta con el total de 183 días. Por ejemplo, si su cónyuge estuvo presente durante 36 días, se divide 36 por 6 y la cantidad de días que contarían hacia el total de 183 es 6.Agregue el número total de días de los tres años juntos. Usando los números en los ejemplos anteriores, agregaría 60 + 10 + 6 = 76.Si el número es 183 o más, se le considera un extranjero residente para fines fiscales. Si el número es inferior a 183, su cónyuge se considera un alienígena no residente y se le considerará sin casar con fines domésticos.Parte 2 de 4:
Pagando más de la mitad del costo para el mantenimiento de su hogar
1.
Reúna todos los documentos financieros relacionados con su hogar. Para cumplir con la segunda calificación para presentar un archivo como jefe de familia, debe poder demostrar que usted pagó más de la mitad del mantenimiento de su hogar durante el año fiscal. El mantenimiento de la casa se considera ampliamente, e incluye no solo las facturas de servicios públicos y el alquiler / hipoteca, sino también el costo de los alimentos consumidos en el hogar. Para documentar la cantidad de dinero que gastó para el mantenimiento en su hogar, debe reunir lo siguiente:
- Todas las declaraciones bancarias que muestran transacciones para el año fiscal para el que está archivando.
- Todos los cheques cancelados o su grabadora de cheques.
- Todas las declaraciones de tarjetas de crédito para el año fiscal para el que está archivando.
- Cualquier y todos los recibos relacionados con el mantenimiento de la casa, incluidos los recibos para comestibles o comidas que comió en la casa o para electrodomésticos u otros artículos de mantenimiento que fueron comprados para el hogar.
- Si no está seguro de lo que pagó en facturas de servicios públicos, generalmente puede solicitar facturas anteriores en línea o por teléfono de la compañía de servicios públicos.
2. Calcule el costo total de mantener un hogar durante un año. El IRS sugiere que desactive los costos totales para el mantenimiento y la acción que pagó en las siguientes categorías de costos permitidos:
Impuestos de propiedad.Gasto de interés hipotecario.Renta.Cargos de utilidad.Reparaciones y mantenimiento.Seguro de propiedad.Comida consumida en la casa.Otros gastos del hogar.Al calcular los costos de mantenimiento, no puede incluir el costo de la ropa, la educación, el tratamiento médico, las vacaciones, el seguro de vida o el transporte. Además, no puede incluir el valor de alquiler de una casa que posee o el valor de sus servicios o los de un miembro de su hogar.El IRS proporciona un gráfico que puede usar para rastrear los costos en: https: // aplicaciones.IRS.GOV / APP / VITA / CONTENIDO / GLOBALMEDIA / PROFESOR / COST_OF_EEKEYING_UP_HOME_4012.pdf.3. Determinar si su parte del mantenimiento fue más de la mitad. Una vez que haya calculado todos los costos asociados con el mantenimiento de la casa, debe determinar qué parte, si corresponde, que contribuyó a cada categoría y lo que comparten otras personas pagadas. Si la cantidad total que pagó es más de la cantidad que pagó otros, cumple con el requisito de pagar más de la mitad del costo de mantener la casa.
Parte 3 de 4:
Determinar si una persona calificada vive contigo
1.
Determinar si alguien vivió contigo durante la mitad del año. La calificación final para la presentación como jefe de familia es que una persona calificada vivió con usted en su hogar durante más de la mitad del año, excepto ausencias temporales, como asistir a la escuela. Si alguien distinto de su cónyuge no vivió con usted durante más de la mitad del año fiscal por el que está presentando impuestos, entonces no cumplirá con este requisito. Si alguien vivió con usted durante más de la mitad del año, entonces debe verificar si esa persona cumple con los requisitos de una persona calificada.
- Hay una excepción a este requisito. Si la persona que califica es su padre dependiente, él o ella no está obligado a vivir con usted.
2. Determinar si su hijo es una persona calificada. Un niño puede considerarse un niño calificado si cumple con la siguiente prueba:
El niño es tu hijo, hija, hijastro, crianza de niños, hermano, hermana, medio hermano, media hermana, hermanastra, hermanastra, o descendiente de cualquiera de estas personas.El niño es menor de 19 años al final del año fiscal para el que está archivando y más joven que usted y su cónyuge si la presentación conjunta o su hijo es un estudiante, menor de 24 años, y menos que usted y su cónyuge, Si la presentación conjunta, o su hijo está permanentemente discapacitado en cualquier momento durante el año, independientemente de su edad.El niño vivió contigo por más de la mitad del año.El niño no proporcionó más de la mitad de su propio apoyo para el año.El niño no está presentando una declaración conjunta para el año, a menos que se presente esa declaración conjunta solo para reclamar un reembolso del impuesto a la renta retenido o el impuesto estimado pagado.3. Determinar si un relativo calificado vivido contigo. Otra categoría de persona calificada es un pariente que vivió contigo. Para cumplir con los requisitos del IRS para una persona calificada, su relativo debe cumplir con la siguiente prueba:
La persona no puede ser su hijo calificado o su hijo calificado de ningún otro contribuyente.La persona debe ser un relativo exento de vivir con usted o debe vivir con usted como miembro de su hogar durante todo el año y la relación no puede romper la ley local.Los familiares que están exentos de vivir con usted incluyen: su hijo, Stepchild, Foster Child, o un descendiente de cualquiera de ellos, su hermano, hermana, medio hermano, media hermana, hermanastra, o hermanastra, padre, madre, abuelo u otro. Ancestro directo, pero no fomente el padre: padrastro o madrastra: un hijo o hija de su hermano, hermana, medio hermano o hermana, un hermano o hermana de su padre o madre, o su yerno, suegra , suegro, suegra, cuñado o cuñado.Si cumple con la prueba de la persona de calificación y los requisitos de cuánto tiempo se le exigió a una persona para que viviera con usted durante el año fiscal, usted satisface la tercera calificación para presentar el archivo como jefe de familia.Parte 4 de 4:
Indicando el jefe de familia en sus declaraciones de impuestos
1.
Utilice el formulario de impuestos correcto. Una vez que haya determinado que cumple con las tres calificaciones de la presentación como jefe de familia, solo puede reclamar el estado del estado del hogar al presentar un formulario IRS 1040A o FORM1040. También puede presentar un 1040EZ para presentar los estados de la presentación única o casada conjuntamente, o 1040NR y 1040NR-EZ para U.S. Alienígenas no residentes.
2. Marque la casilla etiquetada "Jefe de Hogar."Una vez que haya ingresado en su información personal, debe verificar la casilla etiquetada" Jefe de Hogar ", para indicar su estado de presentación.
También puede reclamar una exención para su usted mismo y a cada uno de sus dependientes, siempre que ningún otro contribuyente pueda reclamarlo como dependiente.3.
Completa tus impuestos. Una vez que se haya designado como jefe de familia, debe proporcionar toda la información requerida en el IRS
Formulario 1040 o Formulario 1040A.
Consejos
Si reclama el jefe de familia, pero el otro cónyuge está reclamando al niño como exención (para compartir los ahorros fiscales relacionados con los niños), debe presentar el formulario 8332, la liberación / revocación de la liberación de la reivindicación de exención para el niño por padre con custodia. Este formulario permite que el padre no custodio reclame al niño como dependiente.
Advertencias
Consulte el Código de Impuestos cada año antes de presentar su declaración de impuestos sobre la renta, ya que los requisitos para archivar bajo el estado del estado del hogar pueden cambiar.